En la planta baja del Hospital de Barcelona se encuentra ubicado el Servicio de Admisiones, a donde podrá dirigirse si necesita formalizar cualquier trámite administrativo.
Al obtener el alta médica, y antes de dejar el hospital, deberá pasar por sus dependencias para cerrar el proceso administrativo iniciado con su ingreso.
Lunes a Viernes:
De 7:00 a 21:15
Sábados:
De 7:15 a 18:00
Domingos:
De 10:00 a 14:00 y de 15:00 a 18:00
Teléfono:
932 542 436
Documentación
Estos son los documentos que debe aportar en su ingreso:
Durante las visitas a la consulta, su cirujano habrá cumplimentado un documento con los datos necesarios para su ingreso e intervención o tratamiento. Debe traerlo consigo el día del ingreso.
Por imperativo legal es necesario que usted dé por escrito su consentimiento a cualquier intervención, anestesia o transfusión, después de que el médico le haya informado de los beneficios y los riesgos que le podrán comportar y de las alternativas de que dispone actualmente.
Su cirujano le habrá pedido un estudio preoperatorio consistente en distintas pruebas. Llévelas con usted el día del ingreso.
Usted puede aportar por escrito cualquier aspecto de tipo personal que crea que debemos tener en cuenta para tomar decisiones de tipo asistencial durante su estancia en el hospital, que respetará sus deseos siempre que no se contradigan con el código ético de la institución y no alteren aspectos básicos de la organización.
El responsable de la atención médica que recibirá durante su ingreso en el hospital es su médico. En su figura se centralizará toda la información referente a su enfermedad y evolución.
El Hospital de Barcelona dispone de un amplio equipo sanitario que, bajo la coordinación de su médico, participará de forma activa en su tratamiento.
En la planta baja del Hospital de Barcelona se encuentra ubicado el Servicio de Admisiones, a donde podrá dirigirse si necesita formalizar cualquier trámite administrativo.
Al obtener el alta médica, y antes de dejar el hospital, deberá pasar por sus dependencias para cerrar el proceso administrativo iniciado con su ingreso y liquidar las facturas correspondientes por gastos extras.
Puede usted dirigirse al Servicio de Documentación Clínica y Archivo para solicitar cualquier información sobre su historia clínica y para ejercer sus derechos sobre los datos personales que custodia el Hospital de Barcelona.
Teléfono: 93 254 24 00 (extensión 1275)
El hospital dispone en la planta baja de una Cafetería Restaurante. El horario de atención al público es de 7:30 a 22:30.
Los horarios de servicio de comidas son los siguientes:
Desayuno: 7:30 a 10:00
Comida: 13:15 a 15:30
Cena: 20:00 a 22:00
Preguntas más habituales sobre derechos y deberes de los pacientes:
La capacidad de los pacientes para tomar decisiones relacionadas con su enfermedad es un derecho reconocido por la legislación española y europea. Esta capacidad se expresa mejor si se ha producido previamente una información verídica sobre la enfermedad, el pronóstico y las posibilidades terapéuticas.
Para incorporar, siempre que sea posible, las preferencias de los pacientes en el plan de actuación terapéutica y teniendo en cuenta los conocimientos científicos, la legislación vigente y el Código Ético de la institución, al personal sanitario que le tratará le resulta necesario conocer cuáles son estas preferencias, que se pueden plasmar en un documento (Documento de Voluntades Anticipadas) o bien delegar esta potestad de decidir en una tercera persona de su confianza.
Sus médicos le darán información y consejo sobre su tratamiento. Usted tiene el derecho de decidir. Puede aceptar lo que le proponen; pero puede decir que no a cualquier tratamiento que no desee, aunque este tratamiento pudiese prolongar su vida.
El médico le informará de su situación y de la utilidad y riesgos de las opciones, a veces diversas, que le presenta; pero no decidirá por usted si usted no se lo pide. Él deberá tener en cuenta las decisiones y preferencias que usted manifieste.
Si no es posible que usted tome decisiones sobre su tratamiento, su médico pedirá a su familia o a sus amigos más íntimos que le ayuden a decidir lo mejor para usted; pero resulta muy oportuno entonces conocer cuáles son sus preferencias y sus rechazos y, por tanto, puede ser útil que usted los haya expresado previamente. Para eso existe la posibilidad de confeccionar documentos de voluntades anticipadas en los cuales, además, puede decidir quién quiere que hable por usted.
Usted mismo puede hacerlo. La legislación actual establece que se formalice ante notario o bien ante tres testigos. Cualquier documento que usted redacte se tendrá en cuenta para decidir, incluso cuando se trate de su voluntad expresada oralmente.
Puede renovar el documento periódicamente, o completarlo, o cambiarlo. Sobre todo se lo aconsejamos si conoce o prevé alguna circunstancia nueva en concreto que sea preciso especificar.