El enfermo es sujeto de toda clase de derechos. Es más que una enfermedad y ésta no es más que una circunstancia en la vida del paciente. El papel protagonista que el ciudadano va adquiriendo en los temas de salud hace necesario el desarrollo y la garantía del cumplimiento de este capítulo. Los principios que a continuación se exponen son la base en la cual se centra el respeto a los derechos de los enfermos en el Hospital de Barcelona.
Seguridad general. El Hospital de Barcelona debe responsabilizarse de la integridad y seguridad de las personas que tiene alojadas ante cualquier riesgo de carácter personal.
Intimidad. La institución y su personal deben ser especialmente cuidadosos en el respeto a la intimidad de sus pacientes. la desigualdad de la relación sanitaria obliga de forma especial al personal sanitario a velar por el respeto a este principio.
Confidencialidad. La gran cantidad de datos personales necesarios para una buena asistencia sanitaria, la incorporación de la informática y, en general, los medios técnicos disponibles actualmente hacen especialmente vulnerables los datos privados del enfermo. La institución debe comprometerse a la custodia y al buen uso de los datos personales y de los relativos a su salud.
Custodia de la historia clínica. La necesidad de que toda la información del paciente sea registrada, esté a disponsición del enfermo y de su equipo asistencial, obliga a las instituciones a elaborar y custodiar la historia clínica del paciente.
Derecho a la información, a decidir y participar en el proceso diagnóstico y terapéutico.
Consentimiento informado, com expresión de la voluntad libre, informada y consciente mediante la cual el paciente autoriza al médico.
Derecho a escoger. Respetar el derecho que, a su vez, es un principio de funcionamiento de nuestro Grupo, del enfermo a escoger médico, hospital, etc. La institución debe favorecer los mecanismos que permitan al enfermo ejercer este derecho sin condicionamientos.
Derecho a negarse a participar en estudios, investigaciones o ensayos clínicos.
Participación de la familia, si así lo desea el propio paciente, en el proceso de atención de la enfermedad. A diferencia de otros modelos sociales, en el nuestro la familia juega un papel importante, a veces decisivo, en la atención del enfermo.
Derecho a realizar 'directrices anticipadas' en el sentido de respetar los derechos del paciente respecto a condiciones previas en el proceso de su atención, expresadas libremente.
Derecho a morir con dignidad. El Hospital prestará especial atención al tratamiento y a los cuidados del final de la vida.
Mantener sus relaciones sociales. Un enfermo no es un preso. El ingreso en un centro sanitario, ya de por sí traumático y no exento de riesgo, no debe implicar la ruptura con el entorno del paciente. En la medida de lo posible y siempre que así lo desee el enfermo, las instituciones deben facilitar al máximo la relación con la familia, los amigos y el entorno en general.
La institución debe garantizar una asistencia sanitaria adecuada al proceso que sufre el enfermo, de acuerdo con los conocimientos del momento. Por eso, la institución debe velar por los aspectos siguientes:
Instalaciones y equipamentos de nivel adecuado para la prestación del servicio en condiciones, sumantenimiento y su actualización en el tiempo. En definitiva, facilitar los medios de trabajo que necesiten los profesionales para que los resultados de la actividad sean óptimos.
Organización, orientada a resolver los problemas del paciente y a facilitar el trabajo asistencial.
Capacitación del personal. Como garantia del nivel de conocimientos teóricos (titulaciones) necesarios para el cumplimiento del cargo y de su actualización a lo largo del tiempo (formación continuada).
Competencia del personal. Entendida como la aplicación correcta, en la práctica diaria, de aquellos conocimientos teóricos y de su actualización a lo largo del tiempo.
Estándares profesionales. Como sistema de normalización y definición previa de unos objetivos y/o resultados que disminuyen la variabilidad de la práctica (ofrecer idénticas oportunidades a todos los pacientes), aportando evidencia -cuando sea posible- y organización a la práctica asistencial, y permitiendo medir los resultados. En este sentido, la elaboración de protocolos y guías de práctica, el establecimiento de procedimientos para enfermería, de normas de funcionamiento, etc. se han demostrado instrumentos de gran utilidad.
Límites de la asistencia. La institución debe autolimitarse en la atención de aquellos procesos para los cuales no esté convenientemente preparada, advertir de ello al paciente y facilitarle la solución a su problema.
La institución debe garantizar una asistencia sanitaria adecuada al proceso que sufre el enfermo, de acuerdo con los conocimientos del momento. Por ello, la institución debe velar por los aspectos siguientes:
Respetar la libertad de actuación del médico y de los profesionales en el marco de los estándares fijados por la comunidad científica y con los medios disponibles.
Favorecer el trabajo en equipo. Algunos trabajos revelaron que la única variable que explicaba los mejores resultados observados entre distintas unidades de cuidados intensivos era la mejor relación entre los miembros del equipo y su buen funcionamiento. En este sentido, el Hospital favorecerá en todo momento las relaciones entre profesionales y procurará el trabajo en equipos multidisciplinares dirigidos por un profesional médico, dentro del marco de nuestro sistema.
Favorecer las relaciones interpersonales tanto dentro del propio equipo como con otros profesionales, instituciones y empresas.
Favorecer la fidelidad del equipo al paciente y viceversa. Respetar y favorecer la relación médico-enfermo.
Conscientes de que en la actividad sanitaria se pueden plantear conflictos de intereses entre el paciente, el profesional, la institución, los proveedores y, en general, cualquier sujeto activo del sistema, el Hospital de Barcelona se quiere pronunciar sobre los aspectos siguientes:
Asistencia - docencia - investigación. El objetivo principal del Hospital de Barcelona es asistencial. Los trabajos de docencia e investigación, consustanciales a la actividad clínica y a la mejora de la asistencia deben regularse de forma que no supongan nunca un perjuicio para el enfermo.
Personal en formación. La existencia de médicos y otros profesionales en formación debe regularse de forma que no pueda perjudicar nunca al enfermo.
Dilemas en la elección del tratamiento. El Hospital procurará que al enfermo se le ofrezca la mejor alternativa posible de tratamiento de eficacia demostrada, por encima de los intereses personales del profesional o de la propia institución.
Futilidad. Entandida como el uso de tratamientos que se han demostrado no útiles. El Hospital de Barcelona entiende que el debate sobre la futilidad hay que hacerlo teniendo en cuenta los criterios profesionales y los principios de bioética. El coste no es el primer y principal aspecto a considerar y nuestro sistema se puede permitir y debe anteponer estos criterios y principios a los del coste.
Utilización de los servicios. El Hospital de Barcelona se compromete a estudiar tanto los casos de sobreutilización como de infrautilización de servicios, evitando la incentivación de menor gasto que pudiera derivar en una mala asistencia al enfermo.
Honorarios. Siguiendo las directrices del Código Deontológico del COMB, los profesionales que trabajan en el Hospital de Barcelona aceptan y asumen que deben ser remunerados exclusivamente por su trabajo, refusando cualquier otra fuente de ingresos (comisiones por prótesis, lentes o cualquier tipo de implante, bonificaciones por consumo de fármacos o material sanitario, etc.) que podrían condicionar, o ser así entendido por el paciente, las decisiones clínicas. Los profesionales que trabajan en el Hospital de Barcelona deben dejar constancia de que las decisiones de diagnóstico y tratamiento de sus pacientes responden exclusivamente a criterios de eficacia y eficiencia clínica probadas.
Relaciones con los proveedores. Los profesionales se comprometen a establecer una relación transparente con los proveedores, de tal manera que los beneficios que se puedan obtener sean medibles, auditables y conocidos por la institución.
El Hospital arbitrará un sistema que permita que los proveedores que se sientan perjudicados en sus relaciones comerciales con la institución o sus profesionales puedan expresarlas y ser convenientemente atendidos.
El Hospital de Barcelona atiende a los enfermos de Assistència Sanitària Col·legial y a los médicos escogidos libremente por ellos, garantizando una asistencia sanitaria adecuada al proceso que sufre el enfermo, de acuerdo con los conocimientos del momento y con la preparación del centro.
El Hospital de Barcelona garantiza la capacitación y competencia del persona, respeta la libertad de actuación del médico y los profesionales en el marco de los estándares fijados por la comunidad científica, con los medios disponibles y con consideración a los derechos del paciente.
El enfermo es más que una enfermedad y ésta es sólo una circunstancia en la vida del paciente, los derechos del cual son plenamente respetados por el Hospital de Barcelona, sin distinción por razón de edad, raza, ideología, religión, orientación sexual o grado de capacidad.
El Hospital de Barcelona y su personal son especialmente cuidadosos en el respeto a la intimidad de sus pacientes, asumiendo la custodia y el buen uso de los datos personales y de los relativos a su salud.